Poder judicial
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Poderes judiciales: recibir dinero no significa poder renunciar ni negociar el derecho
Un poder puede autorizar la recepción de depósitos judiciales, pero esa facultad debe distinguirse de conciliar, transigir, desistir o renunciar.
Un poder puede autorizar la recepción de depósitos judiciales, pero esa facultad debe distinguirse de conciliar, transigir, desistir o renunciar.